El martes 8 de octubre de 2013 contamos con la participación de Lucía Pelaya, que es presidenta de la Subcomisión de Propiedad Intelectual, Acceso a la Información y Libertad de Expresión de ABGRA (Asociación de Bibliotecarios Graduados de la República Argentina). Además, contamos con la presencia de ustedes y con alegría de sabernos cada vez más numerosos en esta comunidad de biblitecarios en línea llamado SocialBiblio.
La especialista hizo un recorrido, exhaustivo e interesante, desde los orígenes de las formas de expresión escritas hasta el surgimiento de la necesidad de proteger al autor, arribando finalmente a la adopción del actual sistema de propiedad y a los tratados internacionales.
Les dejamos disponibles para que consulten y compartan:
Compartimos una tabla aportada por nuestra ponente Lucía Pelaya donde podemos ver el estado de situación de las limitaciones y excepciones al derecho de autor en beneficio de bibliotecas y archivos en Latinoamérica:
PAÍS | EXCEPCIONES PARA BIBLIOTECAS |
---|---|
Argentina | NO |
Bolivia | SÍ |
Brasil | NO (modificación actualmente en debate) |
Chile | SÍ (en el 2010) |
Colombia | SÍ |
Costa Rica | NO |
Ecuador | SÍ |
El Salvador | SÍ |
Guatemala | SÍ |
Honduras | NO |
México | SÍ |
Nicaragua | SÍ |
Panamá | SÍ |
Paraguay | SÍ |
Perú | SÍ |
Uruguay | NO |
Venezuela | SÍ |
Extraído del documento: Crews, Kenneth (Director, Copyright Advisory Office, Columbia University). Estudio sobre las limitaciones y excepciones al derecho de autor en beneficio de bibliotecas y archivos. En: Comité Permanente de Derecho de Autor y Derechos Conexos. Decimoséptima sesión Ginebra, 3 a 7 de noviembre de 2008.
De los 184 países miembros de la OMPI, se han recopilado y traducido, en el marco de la investigación llevada a cabo, las leyes de 149 países. En 128 de estos países existe al menos una excepción legal en favor de las bibliotecas, y, en la mayoría de ellos, se prevén numerosas disposiciones que regulan diversas cuestiones relativas a las bibliotecas. En 21 países no existen excepciones en el marco de la normativa de derecho de autor en beneficio de las bibliotecas
(Nota de Lucía Pelaya: A la fecha 20 países, ya que Chile modificó su ley en el año 2010.)
Conocimos el proyecto de ley elaborado por ABGRA y presentado en el Congreso Argentino para la "Reforma a las leyes de propiedad intelectual y de fomento del libro y la lectura. Excepciones a favor de Bibliotecas, Archivos y Museos" . Y sobre todo, la necesidad de que no pierda estado parlamentario (como lamentablemente ya ocurrió con anterioridad).
Al finalizar el webinar y a modo de conclusión se hizo evidente la necesidad de resignificar la esencia de la legislación de propiedad intelectual:
los “derechos de exclusiva” no generan progreso por sí mismos; lo que genera el progreso es el balance entre estos derechos y el dominio público.
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